El Departamento de Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial del Gobierno de Aragón, a través del Instituto Aragonés de Fomento, lanza el Premio Aragonés al Emprendimiento Social y a las Empresas Sociales para identificar y reconocer a las iniciativas emprendedoras de carácter social, de reciente creación o consolidadas, que estén comprometidas en lograr un cambio social y/o ambiental transformador mediante la aplicación de enfoques innovadores y prácticos para beneficiar a la sociedad en general.
El Premio Aragonés al Emprendimiento Social y a las Empresas Sociales será otorgado en colaboración con Laboral Kutxa (Cooperativa de Crédito).
NOVEDADES
→ Todas las candidaturas válidas obtendrán un Bono Técnico de asesoramiento experto individualizado
→ Las finalistas recibirán además orientación especializada con expertos independientes sobre posicionamiento y estrategia de mercado
Categorías
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Emprendimiento Social
Empresa Social
Requisitos de participación VII Edición
Para ambas categorías:
- Tener domicilio en Aragón.
- Ser organizaciones dadas de alta, de cualquier sector y tipología, incluyendo empresas con o sin fines de lucro o privadas.
- Estar al corriente de sus obligaciones fiscales y laborales.
- No haber sido sancionado en materia laboral, en los dos últimos años previos al inicio de esta convocatoria, por infracción administrativa firme grave o muy grave, conforme al Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social.
- Una misma organización solo podrá presentarse y concursar a una de las dos categorías.
Para la categoría
Emprendimiento Social
- Tener una antigüedad como autónomo o entidad de entre uno y cinco años desde la fecha de constitución o alta en actividad económica (creadas entre el 01/05/2018 y el 01/05/2023).
- El promotor o promotores de la idea y el proyecto deberán liderar la organización y trabajar principalmente en ella.
- No haber superado los límites fijados por la Comisión Europea para ser considerada como microempresa (aquella empresa que ocupa a menos de 10 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 2 millones de euros).
- El emprendedor social sea autónomo o microempresa tendrá que tener un proyecto social consistente y con resultados e impacto económico y social contrastable.
Para la categoría
Empresa Social
- Tener una antigüedad de más de tres años desde la fecha de constitución como persona jurídica (creadas antes del 01/05/2020). Para las entidades procedentes de fusiones de dos o más entidades, al menos una deberá tener una antigüedad mínima de tres años (haber sido creada antes del 01/05/2020).
- Al menos uno de los socios fundadores deberá liderar la empresa.
- No ser considerada como gran empresa según la Comisión Europea (más de 250 trabajadores, facturación superior a 50 millones de euros al año o balance general anual superior a 43 millones de euros), o las que más de un 25% de su capital sea ostentado por una o más empresas consideradas como grandes.
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